Derechos y obligaciones del Acreedor
En nuestra vida cotidiana nos vamos enfrentando a situaciones inesperadas, como gastos médicos, emergencias familiares que implican a realizar un gasto que puede no estar dentro de tu planificación financiera. Estas situaciones conllevan a solicitar prestamos e incluso a incumplir con obligaciones de pago. hoy hablaremos de Derechos y Obligaciones del Acreedor.
¿Sabes que es un acreedor?
Como le comentábamos en post anteriores, esta figura de acreedor se suele confundir con la del proveedor. Los servicios que presta el acreedor no necesariamente deben estar relacionados netamente con la empresa. Un acreedor puede ser incluso quien te suministra la electricidad y agua de las instalaciones donde opera tu empresa.
Lo que quiere decir que un acreedor puede ser desde una entidad pública, bancaria, hacienda o incluso una persona física. Es esa persona o entidad que tiene el derecho legalmente de reclamarte una deuda.
Tipos de acreedor:
- Acreedores personales: Hace referencia a acreedores personales cuando el préstamo te lo efectúa algún familiar o amigo, esto quiere decir que no hay ningún contrato legal que avale la deuda. Lo que quiere decir que puedes ejecutar el cobro, pero legalmente no existe obligación de pago.
- Acreedores reales: Hace referencia a acreedores reales cuando el préstamo esta respaldado por un contrato firmado por ambas partes. En ese momento se genere una relación deudas – acreedor legalmente. En dicho contrato se deben establecer los plazos de pagos.
Los derechos y obligaciones de un acreedor dependerán del tipo de deuda que se presente, también deben ir reflejados en el contrato que se estableció cuando se otorgo el préstamo.
Acreedor Hipotecario:
Este tipo de prestamos se caracteriza por tener como garantía de pago un bien o inmueble que sirva como aval. El monto del préstamo estará asociado al valor de la vivienda o inmueble que estes colocando como garantía.
Derechos de un acreedor hipotecario:
- Solicitar la venta del inmueble que se colocó como garantía de pago para poder saldar la deuda.
- Hasta la concurrencia de su crédito, solicitar la adjudicación del bien hipotecado.
- Perseguir el bien hipotecado, independientemente quien lo posea.
- Solicitar que el bien hipotecado pase a manos de un administrador judicial en que caso que el mismo sufra daños por le deudor.
- Acudir al procedimiento judicial hipotecario.
Acreedor pignoraticio:
Este tipo de préstamos se caracteriza por otorgarlo a cambio de un objeto que se deje como garantía de pago. Normalmente este tipo de préstamos los otorgan entidades micro-financieras como cajas de ahorro.
Derechos de un Acreedor pignoraticio: Regulados por el código civil español.
- Mantener bajo su custodia el objeto que se dejo como garantía de pago hasta que el deudor cancela la deuda.
- Ejercitar acciones legales sobre el objeto.
- Abonar los gastos surgidos de la conservación del objeto.
- Vender el objeto si el deudor no cumple con el pago correspondiente de la deuda.
- Cobrar de forma preferente sobre otros acreedores del deudor el precio del objeto concedido.
Obligaciones:
- Devolver el objeto al deudor cuando haya pagado la deuda.
- No usar ni vender el objeto sin la autorización del deudor.
- Cuidar el objeto y responder ante su perdida y deterioro.
Para todo proceso judicial o no judicial, lo ideal es que estes acompañado antes durante y después. El secreto de obtener resultados exitosos es contar con asesoría profesional durante todo este camino.
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