Sin dinero y condenado a pagar: Estrategias legales y soluciones financieras para afrontar tus obligaciones
Si me condenan a pagar y no tengo dinero
En caso de que te hayan condenado a pagar por sentencia y no tengas dinero para hacer frente a tu obligación, la principal consecuencia es que posiblemente terminen embargándote.
Si por ejemplo la obligación al pago se debe a una deuda con un acreedor, es probable que esta persona acuda al Juzgado para solicitar la ejecución de sentencia.
Tras lo cual, la situación cambia, porque ya no eres tú quien tiene que dar algún paso para hacer el pago, sino que se embargaría tu patrimonio para cobrar la deuda directamente.
¿Cómo funciona el embargo judicial?
Puedes llegar a algún tipo de acuerdo con el acreedor sobre los bienes a embargar, y ese pacto sería respetado por el Juzgado. Dicho acuerdo se puede producir tanto dentro como fuera del proceso de ejecución.
Te puede interesar ¿Pueden embargar mi casa por una deuda?
El Letrado de la Administración de Justicia debe embargar tus bienes teniendo en cuenta lo siguiente:
La facilidad de enajenarlos. Es decir, de venderlos en subasta pública para conseguir con ellos dinero suficiente para cubrir la deuda.
En atención a este último criterio, lo normal es que se te embargue dinero. Puede ser dinero de tus cuentas bancarias, parte de tu nómina, etc.
¿Qué ocurre si me incluyen en un fichero de morosos por no pagar?
Si tus datos aparecen en un listado de morosos como el ASNEF, puedes tener problemas si por ejemplo solicitas un préstamo en una entidad financiera. También puedes encontrarte con dificultades a la hora de contratar ciertos suministros, como una línea de móvil.
En caso de que la deuda se deba al impago del alquiler, puedes ser incluido en el Registro de Inquilinos Morosos.
Esto podría complicarte mucho la situación a la hora de alquilar una vivienda, porque si el arrendador consulta este listado y ve que apareces en él, lo más probable es que no quiera formalizar un contrato
Elimina tus deudas aquí
La Ley de Segunda Oportunidad puede ser la solución para pagar tus deudas
Si tienes deudas que no puedes pagar, resulta de vital importancia que consultes si reúnes los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad
Ten en cuenta que si cumples las condiciones, puedes eliminar tus deudas.
No todas las deudas se pueden cancelar con la LSO, ya que por ejemplo no son condonables las deudas derivadas del impago de la pensión de alimentos.
Pero sí se pueden eliminar otras muchas deudas, incluso derivadas de una sentencia judicial (por ejemplo, por el impago de un préstamo).
De hecho, una vez que el procedimiento se inicia, se paralizan todos los embargos sobre el patrimonio del deudor, y no hay opción a iniciar embargos nuevos (siempre que sean embargos derivados de las deudas condonables, obviamente).
El deudor puede elegir entre cancelar todas sus deudas liquidando todo su patrimonio, o bien eliminar parte de sus deudas y afrontar el resto atendiendo a un plan de pagos (en este caso se conservan los bienes, incluso la vivienda habitual).
¿Cuánto debo pagarle al notario?
Según el artículo 653 de la Ley Concursal, estipula que el notario no debe cobrar ningún tipo de arancel por realizar este proceso.
“Si el deudor fuera persona natural no empresario, las actuaciones notariales o registrales descritas en este capítulo no devengarán retribución arancelaria alguna”.
Es muy importante acotar que el hecho que el notario no cobre honorarios en este tipo de procesos no quiere decir que no debas pagar nada. El deudor debe disponer de fondos para cubrir gastos oficiales como hojas notariales o comunicaciones.
Lo ideal antes de iniciar tu proceso de Segunda Oportunidad es contar con asesoría profesional, antes, durante y después de todo tu proceso.
Si deseas saber si cumples con el perfil y requisitos para acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad en Prestamos con deudas y Robin Hood podemos ayudarte, solo debes rellenar nuestro formulario web.