En los últimos años, muchas personas han enfrentado dificultades financieras debido a diversas situaciones, como la pérdida de empleo o la enfermedad. A menudo, estas situaciones pueden llevar a la acumulación de deudas que resultan imposibles de pagar, quizás por eso te habrás preguntado ¿Cómo puedo obtener una segunda oportunidad financiera? En Prestamos con Deudas y Robin Hood te indicamos cómo hacerlo.
¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad es una herramienta legal que permite a las personas cancelar total o parcialmente sus deudas. En este artículo, se explicará cómo funciona el plan de pagos en la Ley de Segunda Oportunidad y cómo obtener una segunda oportunidad financiera.
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Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
Para poder acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, es necesario cumplir con ciertos requisitos, que varían según la comunidad autónoma. En general, se requiere que la persona haya intentado negociar con sus acreedores y que no tenga bienes suficientes para pagar sus deudas.
Además, la persona debe demostrar que no tiene capacidad para pagar sus deudas actuales y futuras. Es importante cumplir con todos los requisitos para poder acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.
Cómo funciona un plan de pagos en la Ley de Segunda Oportunidad
El plan de pagos en la Ley de Segunda Oportunidad es un acuerdo entre la persona y sus acreedores para pagar una parte de la deuda en un plazo determinado. El plan se establece en función de la capacidad de pago de la persona y puede durar hasta cinco años. Durante ese tiempo, se suspenden los embargos y se protege el patrimonio de la persona. Una vez que se ha cumplido el plan de pagos, se cancelan las deudas restantes.
Uno de los beneficios del plan de pagos es que permite a la persona mantener el control de sus finanzas mientras trabaja para pagar sus deudas. Sin embargo, también puede tener algunas desventajas, como el hecho de que la persona debe cumplir con el plan durante varios años y puede enfrentar restricciones en sus gastos.
¿Cómo es el procedimiento de segunda oportunidad con plan de pagos?
Solicitud del plan de pagos
La solicitud de la exoneración de deudas mediante plan de pagos puede presentarse en cualquier momento antes de que el Juez dicte la liquidación de la masa activa.
En la solicitud, el deudor deberá adjuntar las declaraciones de IRPF de los tres últimos ejercicios completados y las del resto de personas de su unidad familiar, si procediera.
Los acreedores personados tendrán un plazo de 10 días para hacer alegaciones sobre si se dan los presupuestos y requisitos legales para la exoneración o sobre la propuesta de plan de pagos presentada.
También pueden proponer que se establezcan medidas limitativas o prohibitivas de los derechos de disposición o administración del deudor durante el plan de pagos.
Aprobación judicial del plan y posible impugnación de acreedores
Una vez presentadas las alegaciones o transcurrido el plazo para realizarlas, el juez deberá tomar una decisión sobre la solicitud de exoneración de deudas mediante la aprobación del plan de pagos.
Esta decisión puede ser concedida provisionalmente con las condiciones que se han presentado, o con las modificaciones que el juez considere necesarias, independientemente de si las alegaciones han sido presentadas por los acreedores o no.
Sin embargo, es importante destacar que incluso si el juez concede la exoneración provisional y aprueba el plan de pagos, el art. 498 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que cualquier acreedor afectado puede impugnar la exoneración en un plazo de diez días a partir de su pronunciamiento. El juez también puede cancelar la exoneración cuando se cumplan algunas de las siguientes condiciones:
- El plan de pagos no garantiza el pago de la parte de los créditos que cubriría la liquidación concursal.
- El plan de pagos no incluye la ejecución de los activos no esenciales para la actividad del deudor o de su vivienda habitual para pagar la deuda, siempre que lo reclamen los acreedores de al menos el 40% del pasivo total exonerable.
- Hay oposición al plan de pagos por parte de acreedores que representen más del 80% de la deuda exonerable (salvo que el juez lo imponga).
- El plan no destina al pago de la deuda la totalidad de las rentas y recursos previsibles del deudor que excedan del mínimo legalmente inembargable.
- No se cumplen los presupuestos y requisitos legales para la exoneración.
En caso de que el plan sea aprobado y haya una alteración significativa en la situación económica del deudor, tanto éste como cualquiera de los acreedores afectados pueden solicitar al juez la modificación del plan. Esta modificación será tramitada, aprobada e impugnada en los mismos plazos y términos que el plan original, y tendrá los mismos efectos. Sin embargo, solo se puede aprobar una sola modificación del plan.
Asesoramiento financiero en la Ley de Segunda Oportunidad
Es importante buscar asesoramiento financiero antes de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad y durante el proceso de solicitud del plan de pagos.
También puede ayudar a la persona a identificar formas de aumentar sus ingresos o reducir sus gastos para mejorar su situación financiera.
Es importante tener en cuenta que la Ley de Segunda Oportunidad no es una solución mágica a los problemas financieros, sino que es necesario un compromiso y un proceso por parte del deudor.
Por lo tanto, es fundamental buscar el asesoramiento adecuado antes de tomar cualquier decisión.
Recuerda que no estás solo y que existen opciones para salir adelante.
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